No es una “inocentada”. El jueves 28 de diciembre de 2023 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 8/2023, de 27 de diciembre, por el que se adoptan medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo, así como para paliar los efectos de la sequía, y entre otras, se incluye una nueva modificación Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

Entre otras cuestiones, se amplía hasta el 31 de diciembre de 2024 la suspensión de los procedimientos de desahucio y lanzamientos en los supuestos y de acuerdo con los trámites ya establecidos.

Nuevamente se brinda una asistencia social a las personas vulnerables con los recursos de los propietarios de las viviendas a los que se les promete una compensación cuando cesen las prórrogas. Probablemente, como efectos secundarios de estas medidas, se generará una mayor escasez de oferta de viviendas en alquiler que conllevará la consiguiente subida de los precios del alquiler.

En definitiva, se prorrogan nuevamente la suspensión de los desahucios y lanzamientos de vivienda habitual para personas y familias vulnerables, lo que nos lleva a pensar si efectivamente se tratan de suspensiones extraordinarias y provisionales, o han venido para quedarse ya que esta suspensión lleva en vigor desde abril de 2020.

En consonancia con lo anterior, se extiende la posibilidad hasta el 31 de enero de 2025 de que los propietarios afectados por la suspensión puedan solicitar compensación por parte del arrendador o propietario recogida en el Real Decreto-ley 37/2020.

Rafael Roldán

Abogado

 

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