Derecho AdministrativoDerecho MercantilNOVEDADES PARA UNA VERDADERA SEGUNDA OPORTUNIDAD

octubre 21, 20250

¿Deudas Públicas? ¡La Segunda Oportunidad también es para ti! La nueva jurisprudencia del Tribunal Supremo abre la puerta a la exoneración.

¿Estás ahogado por las deudas con la Seguridad Social o Hacienda? En nuestro despacho, entendemos tu situación. ¡Tenemos grandes noticias que pueden cambiar tu vida financiera!

El Tribunal Supremo (TS) ha dictado dos sentencias clave (STS 1055/2025 y STS 3865/2025) que reafirman una interpretación favorable a los deudores en el marco de la Ley de Segunda Oportunidad (Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho o BEPI), especialmente en lo que se refiere a las deudas de derecho público.

El Texto Refundido de la Ley Concursal de 2020 (TRLC) intentó excluir expresamente los créditos de derecho público de la exoneración. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha sido tajante:

El TS (STS 1055/2025 y STS 3865/2025) mantiene la jurisprudencia anterior (STS 381/2019) que permite que los créditos de derecho público (que no sean crédito contra la masa o crédito privilegiado) se vean afectados por la exoneración cuando el deudor se acoge al plan de pagos.

La sentencia más reciente (STS 3865/2025) confirma que la exoneración se extiende también a los créditos públicos bajo esta vía, salvo los privilegiados o contra la masa.

En el régimen de exoneración inmediata (o directa), el TS determina que la inclusión de la excepción de los créditos de derecho público fue una extralimitación de la habilitación legislativa del Texto Refundido de 2020.

Esta extralimitación supone que el añadido de la exclusión de los créditos de derecho público se tiene por no incorporada al texto legal, por lo que estos créditos SÍ se exoneran en el sistema de exoneración inmediata.

¡Tu Oportunidad de Empezar de Cero es Ahora!

Estas sentencias del Tribunal Supremo son una herramienta legal fundamental para que miles de particulares y autónomos puedan liberarse de la carga de sus deudas, incluidas aquellas con la Seguridad Social y Hacienda.

Si cumples con los requisitos, nuestro equipo puede ayudarte a:

  • Analizar tu situación financiera y determinar el mejor camino para solicitar el Beneficio de Exoneración del Pasivo Insatisfecho (BEPI).

  • Elaborar un plan de pagos (si es la opción más conveniente) que permita la exoneración de gran parte de tu deuda pública.

  • Aprovechar la doctrina del Tribunal Supremo para garantizar la inclusión de tus deudas con la Administración Pública en el proceso de exoneración.

No dejes que las deudas públicas te paralicen. La ley de Segunda Oportunidad está diseñada para ti, y con esta nueva jurisprudencia, el camino hacia tu libertad financiera está más claro que nunca.

¡Contáctanos hoy mismo para una consulta y da el primer paso hacia una vida sin deudas!

Rafael Roldán. Abogado en Méndez Padilla y Abogados Asociados.

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