Hace ya algún tiempo que desde la Unión Europea y, posteriormente, desde nuestro Tribunal
Supremo se corroboró la abusividad de la cláusula por la que la entidad bancaria impone el
pago de todos los gastos que ocasiona el otorgamiento de la escritura pública de préstamo
hipotecario al prestatario (consumidor). Desde entonces se han sucedido multitud de
demandas reclamando la devolución de dichos gastos por ser la cláusula que los impone
abusiva.
Sin embargo, ha existido un debate subyacente a estas reclamaciones, el cual versa sobre el
inicio del plazo de prescripción de la acción para reclamar la devolución de los gastos
hipotecarios, es decir, el plazo de prescripción de la acción de restitución de las cantidades
abonadas por tales conceptos.
Pues bien, recientemente, ya se pronunció a este respecto el Tribunal de Justicia de la Unión
Europea en su Sentencia de 24 de abril de 2024
(https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf;jsessionid=BF13C2224E9BB2B4E8CA2E
A96EACB21E?text=&docid=285182&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&par
t=1&cid=6833348), confirmando que el cómputo del inicio del plazo de prescripción de la
acción para reclamar la devolución de los gastos hipotecarios comienza una vez sea declarada
nula la cláusula que atribuye el pago de estos gastos al consumidor.
Parecía que la cuestión ya había sido resuelta, pero restaba aún que nuestro Tribunal Supremo
se posicionase al respecto de esta cuestión, lo cual ha ocurrido en su Sentencia nº 857/2024,
de 14 de junio.
En la referida Sentencia, nuestro Alto Tribunal determina que el cómputo del inicio del plazo
de prescripción de la acción restitutoria de gastos hipotecarios, en la mayoría de casos, lo
será desde que recaiga Sentencia firme que declare la nulidad de la cláusula que impone el
abono de los gastos de la hipoteca al consumidor, en contra de la corriente doctrinal que
entendía que el cómputo del plazo de prescripción se inició con la publicación de las
Sentencias del Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que declaraban
el carácter abusivo de este tipo de cláusulas que imponen, sin posibilidad de negociar, el pago
de los gatos de la constitución de la hipoteca al consumidor.
En Méndez Padilla Abogados y Asociados contamos con abogados especialistas en derecho
bancario que podrán ayudarte a reclamar la devolución de los gastos de notaría, registro,
gestoría, etc. que abonaste en la constitución de tu préstamo hipotecario si el mismo se
suscribió antes del año 2019.

 

Francisco J. Rosa

Abogado

 

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