Este año 2022 comienza por Navidad la inhabilidad de los plazos procesales en los juzgados y tribunales.

El pasado viernes 23 de diciembre, se publicó en el BOE la Ley Orgánica 14/2022, de 22 de diciembre, de transposición de directivas europeas y otras disposiciones para la adaptación de la legislación penal al ordenamiento de la Unión Europea, y reforma de los delitos contra la integridad moral, desórdenes públicos y contrabando de armas de doble uso.

En dicha norma se modifican los artículos 182 y 183 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, para establecer la inhabilidad procesal del periodo que media entre los días 24 de diciembre y 6 de enero de cada año judicial, excepto para aquellas actuaciones que se consideren urgentes expresándose lo siguiente en el artículo 183 de la Ley Orgánica del Poder Judicial:

“Serán inhábiles los días del mes de agosto, así como todos los días desde el 24 de diciembre hasta el 6 de enero del año siguiente, ambos inclusive, para todas las actuaciones judiciales, excepto las que se declaren urgentes por las leyes procesales. No obstante, el Consejo General del Poder Judicial, mediante reglamento, podrá habilitarlos a efectos de otras actuaciones.”

En la Exposición de Motivos de la Ley se establece que esta medida no supone la paralización de la actividad en los órganos y oficinas judiciales, que continuarán prestando el servicio público, afectando especialmente al cómputo procesal de los plazos, que se verá interrumpido y que se reanudará inmediatamente después del transcurso de este periodo. El precepto deja a salvo la posibilidad de habilitación de estos días en los términos previstos en la legislación orgánica y en las leyes procesales.

No obstante, aunque ello es así, lo cierto es que los Colegios Profesionales han elaborado unas normas internas o circulares por la que, se perfila la aplicación de dicha norma, y en el caso de Málaga, en cuanto a la presentación de escritos y demandas, se establece que seguirán las mismas prevenciones que en el mes de agosto.

Acompañamos esta noticia sobre la inhabilidad procesal navideña con nuestra felicitación de Navidad para desearos lo mejor tanto en estas fiestas como en el nuevo año 2023!

 

Ana Díaz Rosado

Abogada

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